Escuelas CRN

Que hacemos en el CRN de la Piedra Natural

El Centro de Referencia Nacional de Piedra Natural, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regula la red de Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, y el Real Decreto 503/2019, de 30 de agosto, por el que se le califica como tal, ejecuta las siguientes funciones de innovación y experimentación en materia de Formación Profesional de forma coordinada a nivel estatal:

  • Analizar las nuevas necesidades de competencias profesionales y la evolución de las mismas, para la actualización de las cualificaciones profesionales y de los correspondientes títulos de formación profesional y certificados profesionales, en colaboración con el Instituto Nacional de las Cualificaciones y los correspondientes órganos de las Comunidades Autónomas, así como con las organizaciones empresariales y sindicales y las comisiones paritarias constituidas al amparo de la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal.

  • Colaborar con el Instituto Nacional de las Cualificaciones en la actualización del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

  • Colaborar con las administraciones competentes en la elaboración y actualización de los títulos de formación profesional y de los certificados de profesionalidad, así como en el desarrollo de las guías de aprendizaje y evaluación.

  • Experimentar acciones formativas innovadoras, vinculadas al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, a fin de validar su adecuación y, en su caso, elaborar propuestas de modificación de los referentes de los títulos de formación profesional y de los certificados profesionales.

  • Colaborar con el Servicio Público de Empleo Estatal en el desarrollo de las acciones de formación de los trabajadores que este le encomiende, preferentemente de carácter innovador o experimental.

  • Diseñar y desarrollar planes de perfeccionamiento técnico y metodológico dirigidos al personal docente o formador, expertos y orientadores, en colaboración con las administraciones competentes.

  • Colaborar en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, en los términos que establezcan las administraciones competentes.

  • Establecer vínculos de colaboración con las Universidades, los centros tecnológicos y de investigación, las organizaciones empresariales y sindicales, y otras entidades, con el fin de fomentar la investigación y la innovación en la formación profesional.

  • Participar en programas e iniciativas internacionales en su ámbito de actuación.

  • Colaborar en las acciones de información y orientación profesional que se determinen por las administraciones competentes.

  • Elaborar y difundir materiales y recursos didácticos para la formación profesional.

  • Cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga que le sean encomendadas por las administraciones competentes.

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