Atención:
En atención a la legislación vigente, los contratos de trabajo podrán realizarse con personas de nacionalidad española, personas nacionales de los estados miembros de la Unión Europea o de los otros estados del espacio económico europeo y personas que, careciendo de este requisito, residan legalmente en España y dispongan de autorización administrativa para trabajar. Por tanto, las personas que envíen su currículo a través del Área de Gestión del Servicio Andaluz de Empleo, deberán encontrarse en alguna de estas situaciones.OFERTA PÚBLICA: PERSONAL SERVICIOS GENERALES (GRUPO V) VI CONVENIO PERSONAL LABORAL JUNTA DE ANDALUCIA
Tipo de contrato | INTERINIDAD |
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Jornada | COMPLETA |
Duración del contrato | 77 Días |
Salario desde | 1505 |
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