Atención:
En atención a la legislación vigente, los contratos de trabajo podrán realizarse con personas de nacionalidad española, personas nacionales de los estados miembros de la Unión Europea o de los otros estados del espacio económico europeo y personas que, careciendo de este requisito, residan legalmente en España y dispongan de autorización administrativa para trabajar. Por tanto, las personas que envíen su currículo a través del Área de Gestión del Servicio Andaluz de Empleo, deberán encontrarse en alguna de estas situaciones.Personal de limpieza (SEGUN VI CONVENIO PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. BOJA Nª 139 DE 28/11/2002. R.D. 2720/98 "INTERINIDAD". Art.4 BOE 08/01/1999
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